Recientemente se ha conocido, mediante el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto (publicado en el BOE el 4 de septiembre de 2018), que la entrada en vigor e implantación de la “administración electrónica” o como ya se viene denominando, “e-administración”, quedará retrasada para el año 2020.
La referida norma, modifica la disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que establecía que el 2 de octubre de 2018 debían de entrar en vigor las previsiones de la citada Ley, relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración, así como al archivo único electrónico.
Aunque dicho retraso pueda dar a entender que la Administración no se encuentre preparada para asumir el reto que implican los avances electrónicos y digitales debido a la posible falta de inoperatividad que hubiera supuesto su entrada en vigor cuando estaba establecido (2 de octubre de 2018), ello sin embargo debe verse como una oportunidad para que las distintas Administraciones y corporaciones puedan comenzar a incorporar dichas novedades de forma paulatina y, en su caso afianzar las mismas, para aquellas que ya cuentan y aplican algunos aspectos previstos en la norma.
Así, el futuro digital que llegará supone una implicación del ciudadano con la Administración totalmente distinta a la que, sin embargo, tanto profesionales del sector jurídico como ya, en otros ámbitos del asesoramiento multidisciplinar, hemos venido afianzando con nuestros conocimientos para, en todo caso, hacer de nuestra experiencia y constante aprendizaje una herramienta útil y eficaz, a la hora de realizar cualquier trámite, consulta o solicitud. Ello resulta así, por cuando actualmente podemos acceder a la administración electrónica, y realizar gestiones por vía digital ya sea en Hacienda, en el Registro Mercantil, Catastro, u otras entidades, junto con la propia Administración de Justicia.
Con ello, nos convertimos en una pieza clave, que sabe aportar valor con sus conocimientos, y finalmente, con la tranquilidad que un cliente obtiene cuando confía en nosotros para cualquier trámite con la Administración.
Ese valor añadido, y sabiendo donde nos encontramos y hacia dónde vamos, entra en colación con lo ya referido en la Exposición de Motivos del Real Decreto-Ley 11/2018, pues en todo caso, la nueva administración electrónica pretende llegar a“…garantizar quelos operadores jurídicos, los ciudadanosy las Administraciones Públicas puedan ejercer plenamente sus derechos con plena seguridad jurídica y beneficiarse de las ventajas que el nuevo escenario está comenzando a proporcionarles.”
Alicia Inés Malagón González
Abogada/Lawyer
KODEX ABOGADOS